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La Suprema Corte rechaza propuesta de Hugo Aguilar y cierra debate sobre revisión de sentencias pasadas

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Fuente: Cb Televisión / Nacionales / Redacción




La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó este jueves la iniciativa del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien buscaba abrir la posibilidad de que el tribunal revisara resoluciones emitidas por salas anteriores del propio órgano. La propuesta no logró el respaldo del Pleno y fue declarada improcedente, manteniendo sin cambios las decisiones adoptadas por la anterior conformación del máximo tribunal.

Durante la sesión, Aguilar Ortiz planteó la posibilidad de estudiar nuevamente un amparo relacionado con la extinta Ley de la Industria Eléctrica (LIE), impulsada en 2021 por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador. El ministro argumentó que existían dudas sobre la forma en que se resolvió el empate en aquella votación, pero la mayoría de los ministros coincidieron en que el caso no debía reabrirse.

“La Corte debe tener claridad sobre los límites de sus propias decisiones. No todo puede revisarse indefinidamente”, sostuvo uno de los integrantes del Pleno al votar en contra del proyecto.

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Con seis votos en contra y tres a favor, la Corte concluyó que no procede revisar resoluciones emitidas por salas ya desaparecidas, ni volver a debatir fallos que ya surtieron efectos jurídicos. El fallo marca un precedente importante sobre la estabilidad de las decisiones judiciales, evitando reinterpretaciones que podrían generar incertidumbre legal.

El intento de Aguilar Ortiz también generó discusión sobre los alcances del poder del presidente de la Corte y su capacidad para intervenir en decisiones previas. Aunque el ministro defendió su iniciativa como una forma de fortalecer la transparencia institucional, la mayoría del Pleno consideró que una revisión de ese tipo vulneraría la independencia de los fallos judiciales.

El debate tuvo su origen en el caso de la reforma eléctrica, que fue declarada inconstitucional en 2024 por favorecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y restringir la libre competencia en el sector energético. La resolución, emitida por la entonces Segunda Sala, benefició a seis empresas privadas y tuvo efectos generales para toda la industria.

“Debemos proteger la certeza jurídica de lo que ya fue resuelto. La justicia no puede depender de cambios de composición en el tribunal”, enfatizó otro ministro durante la sesión.

Con esta decisión, la Corte ratifica la validez de sus sentencias anteriores y cierra la puerta a eventuales intentos de revisión interna. La resolución también reafirma que el caso de la Ley de la Industria Eléctrica permanece firme y sin modificaciones.

Fuente: Proceso




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