PLUMA JURÍDICA
MAFIA DE CRÉDITOS EXTORSIVOS
Dra. Isabel Maldonado Sánchez
Las conductas criminales cada día van sofisticandose más y buscando nuevas formas de extorsionar, amenazar y hostigar virtual y físicamente a las personas que por razones de necesidad económica, salud u otras necesidades urgentes que no tienen un historial crediticio para recurrir a los bancos a un préstamo regulado, caen en las trampas de la “mafia colombiana” u otras organizaciones delictivas que se dedican a ofrecer préstamos fáciles sin mayores requisitos a los comerciantes y personas que son captadas a través de las redes sociales que necesitan de dinero rápido para salir de la necesidad apremiante en el momento, pero que caen en un círculo sin fin de pagos que actualizan conductas usureras con cuotas crecientes e imparables las cuales son imposibles de pagar, pues de acuerdo al modus operandi de estas mafias u organizaciones criminales una vez que realizan el préstamo en efectivo (prestamista) y que logran robar los contactos e información digital al “prestatario” por asi llamarles porque en realidad estas figuras legales de “prestamista” y “prestatario” se dan cuando el contrato de préstamo es legal o está debidamente regulado, en el caso que exponemos no ocurre así, ya que el supuesto “prestamista” en realidad es un sujeto que opera con más personas tejiendo una red de víctimas que a la semana o incluo por día ya les deben la misma cantidad prestada o más, y que al no pagarles la cantidad prestada por semana o por día comienzan con el ataque extorsivo mediante llamadas, mensajes y hostigamiento tanto virtual como físico a la persona no sólo víctima, sino a sus familiares o demás contactos robados, amenzando con “boletinar en las redes y con sus contactos” a la persona en caso de no pagarles la cantidad prestada que a la semana debe pagarse de interés la misma cantidad prestada, lo que equivale a pagar el doble de la cantidad solicitada, pensemos en si la persona víctima pidió prestado 10 diez mil pesos, a la semana ya debe 20 veinte mil pesos, y si omite el pago a la tercer semana ya debe 30 treinta mil y así sucesivamente, lo que provoca que la víctima entre en pánico y en una deuda en espiral interminable consiga el dinero para pagarles y visto esto por parte de la red criminal sea víctima potencial para continuar extorsionando aún habiendo hecho el pago.
Se cuenta con información relacionada a que este tipo de operaciones criminales se atribuyen a la “mafia colombiana” que opera en más países y que los líderes intelectuales se encuentra en país diverso al en que se realizan las operaciones delincuenciales, en países como argentina y otros ya ha habido importantes detenciones de diversos operadores. E
n el caso específico de Morelia se cuenta con denuncias de diversas víctimas que han hecho saber a la autoridad sobre este tipo de ilícitos, por lo que las autoridades en Morelia han emitido alertas sobre la presencia de grupos de origen colombiano que operan esquemasde “préstamos fraudulentos” o “gota a gota”, los cuales implican extorsión y violencia para el cobro, estos grupos principalmente se dirigen a comerciantes y personas que no tienen acceso a créditos bancarios formales, ofreciendo préstamos rápidos sin muchos requisitos.
El esquema funciona de la siguiente manera: a) Intereses Abusivos: Aunque inicialmente las condiciones parecen favorables, los intereses son extremadamente altos y crecen rápidamente; b) Cobro con Violencia: Si el prestatario se retrasa en un solo pago, comienza el hostigamiento, las amenazas de violencia física y sexual, y la extorsión dirigida tanto al deudor como a su familia; c) Empresas Fantasma: Operan a través de empresas o aplicaciones fantasma, sin contratos formales, lo que dificulta la protección legal de las víctimas. En conclusión este tipo de grupos delincuenciales lucran a través de la usura y el miedo, cobran altos intereses y por citar algunos ejemplos, a una persona incluso le dijeron que le quemarían la casa si no pagaba, locatarios o comerciantes que por miedo tuvieron que cerrar sus negocios, aprovechándose de que este tipo de comerciantes no pueden acceder a préstamos bancarios, basta un día de atraso para que haya hostigamiento y amenaza.
En cuando a las figuras delictivas podemos decir que encuadra en lo establecido en el artículo 187 bis del Código Penal del Estado en cuanto a la extorsión: “a quien obligue a otra persona, por cualquier medio, incluida la violencia física o psicológica a dar, hacer, dejar de hacer algo, tolerar algo o amenace con cualquier daño en su persona, familia, posesiones, actividades económicas o laborales, o a un tercero con el que tenga cualquier vinculo afectivo, laboral, económico, con el propósito de obtener un lucro para sí o para una tercera persona, independientemente de que se logre o no el fin propuesto, se le impondrán de quince a veinticinco años de prisión y de cien a quinientos días multa”. Por lo que ve a la usura en el artículo 222 del Código Penal del Estado se establece: “Se impondrá de dos a doce años de prisión, de cien a mil quinientos días multa, disolución, suspensión, prohibición de realizar determinadas operaciones, intervención y remoción, a quien aprovechando una necesidad apremiante, inexperiencia o la ignorancia, obtenga beneficios desproporcionados o ventajas excesivas para sí o para otro. E
xiste necesidad apremiante cuando se da por cuestiones médicas, económicas o en cualquier otro caso que requiera solventarse con urgencia. Existe inexperiencia cuando se aprovecha del desconocimiento de manejo financiero. Existe ignorancia cuando la persona se encuentra bajo una circunstancia de error, desconocimiento o falta de información respecto de las consecuencias de su acto. La Policía y Fiscalía cuentan con técnicas de investigación encubierta para poder esclarecer y detener a este tipo de mafias.
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